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En derecho, se denomina cónyuge a cualquiera de las personas físicas que forman parte de un matrimonio. El término «cónyuge» es de género común,[1] es decir, se puede usar para referirse a un hombre («el marido» o «el cónyuge») o a una mujer («la mujer» o «la cónyuge»).
Como sinónimo de cónyuge se suele utilizar el término «esposo» o «esposa» (el origen del término es el verbo latino spondeo, que significa prometer solemnemente, comprometerse), aunque técnicamente no son equivalentes, pues son esposos quienes han celebrado esponsales, pero aún no el matrimonio. También se emplea la expresión «consorte».